Área de padres
Becas Ayuntamiento de Madrid curso 2024-25
Les informamos que desde el día 10 de julio y hasta el 29 de julio del 2024, incluido, se pueden solicitar las becas del Ayuntamiento para el curso 2024-25. A continuación pueden descargar el Decreto de 1 de julio de 2024 del Delegado del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad por el que se aprueba la convocatoria pública de concesión de becas para la escolarización en el curso escolar 2024/2025 en el primer ciclo de Educación Infantil en centros de titularidad privada del municipio de Madrid.
Como novedad, este año se establece como requisito, en el apartado 4.2 f) « No estar matriculado en ninguna escuela infantil perteneciente a la Red Municipal de Escuelas Infantiles del Ayuntamiento de Madrid para el curso 2024/2025 a fecha 30 de septiembre de 2024. Esta circunstancia se comprobará de oficio por el órgano instructor durante la tramitación del expediente con carácter previo a la emisión de la propuesta de resolución provisional.»
La cuantía de la ayuda es:
- 385 € por cada uno de los meses comprendidos en el período de septiembre de 2024 a julio de 2025, para las familias con rentas per cápita anual esté comprendida entre 0 y 10.420,30 euros.
- 220 € por cada uno de los meses comprendidos en el período de septiembre de 2024 a julio de 2025, para las familias cuya renta per cápita anual esté comprendida entre 10.420,31 y 17.020,30 euros.
- 118 € por cada uno de los meses comprendidos en el período de septiembre de 2024 a julio de 2025, para familias cuya renta per cápita anual esté comprendida entre 17.020,31 y 30.000,00 euros.
Pueden encontrar toda la información en el siguiente enlace:
Documentación curso 2024-2025
Esta es la documentación tenéis que rellenar cara al curso 2024/2025, podéis enviarla firmada por email a la dirección info@escuelainfantillazaro.com por los dos papás o traerla impresa a la escuela.
- Escolaridad
- Autorización web y redes
- Protección de datos
- Administración de medicamentos
- SEPA (Firmar solo alumnos con pago por domiciliación bancaria)
- Receta pediatra (Adjuntar rellena en la agenda para que la pediatra revise al alumno el miércoles que lo necesite)
- Ficha personal (0 a 1 años)
- Ficha personal (1 a 2 años)
- Ficha personal (2 a 3 años)
Becas CAM 2024-2025: listados provisionales
El día 24 de junio se ha publicado la lista de presentados y excluidos de la convocatoria de becas para la escolarización en el primer ciclo de Educación Infantil en centros de titularidad privada para el curso 2024-2025.
Puede consultar el estado de su solicitud en el siguiente enlace:
Si no está de acuerdo con el resultado, deberá presentar escrito de subsanación, debidamente firmado, acompañado de los documentos que permitan subsanar las causas de exclusión indicadas en los listados o mejorar la puntuación obtenida.
Asimismo, si consta como presentada su solicitud y ha decidido que no desea continuar o no va a necesitar la beca puede desistir de la misma mediante la presentación de un escrito firmado al efecto. Ello puede hacer posible que en la resolución definitiva otras familias puedan resultar beneficiarias de las becas.
Podrán tramitar la subsanación a través del siguiente enlace:
También, el impreso de subsanación y, si procede, la documentación adjunta, se puede entregar en cualquiera de los lugares establecidos en el apartado 4 del artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, previa cita.
En caso de que no se pudiera aportar con el escrito de subsanación algún documento solicitado a un organismo público, se deberá aportar, al menos, el resguardo de su solicitud.
El plazo de presentación de subsanaciones será del 25 de junio al 8 de julio de 2024, ambos inclusive.
Tenga en cuenta que, tras período de subsanación, no se podrán revisar los datos objeto de cruce con otra Administración, por lo que cualquier documento procedente de otra Administración (certificado de empadronamiento, informes de vida laboral, certificado de renta, etc.) que debiera aportar física o telemáticamente, deberá ser previamente solicitado a las mismas.
Si no ha quedado acreditada la situación económica de algún miembro mayor de edad de la unidad familiar deberá acreditarse mediante la aportación de certificado de renta del ejercicio 2022, con código seguro de verificación, expedido por AEAT (no siendo válido el certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias, la copia de declaración de la renta Modelo 100 o la copia del borrador del IRPF) o documento correspondiente en el caso de obtener sus ingresos en el extranjero y, además, en caso de que el certificado de la AEAT manifestara que no hay datos, a través de:
- Nómina o certificado del empleador actual en el que se determinen los ingresos del trabajador que se cotejará con los datos del informe de vida laboral de la Seguridad Social.
- Declaraciones trimestrales del IRPF en caso de trabajadores autónomos,
- Certificado acreditativo de que la unidad familiar es beneficiaria de la Renta Mínima de Inserción.
- Certificado acreditativo de ser beneficiario de Ingreso Mínimo Vital.
El certificado de renta se podrá descargar en el acto pulsando en el siguiente enlace:
La fecha de expedición de dicho certificado deberá ser posterior a 1 de marzo de 2024. Pueden solicitar información en el teléfono 012 o en el siguiente link:
Becas CAM 2024-2025
Orden conjunta 1945/2024, de 25 de abril, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades y de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de becas para la escolarización en el primer ciclo de Educación Infantil en centros de titularidad privada para el curso 2024/2025.
El plazo de presentación de solicitudes será del 30 de abril al 23 de mayo, ambos inclusive.
A continuación, adjuntamos el link de la página de Becas 0-3 de la Comunidad de Madrid donde podéis encontrar toda la información (preguntas frecuentes, solicitud, criterios de baremación…)
MUY IMPORTANTE
Es imprescindible que la solicitud esté firmada por todos los miembros de la unidad familiar mayores de edad que figuren en ella y que debe ir acompañada obligatoriamente de copia del libro de familia o certificados de nacimiento del Registro Civil de los menores que consten en la solicitud.
Si la solicitud se presenta telemáticamente, en el caso de que no pueda ser firmada digitalmente más que por uno, se deberá adjuntar documento firmado por el resto de miembros mayores de edad consignados en la solicitud donde autoricen a la presentación de la solicitud en su nombre y, en su caso, su oposición /autorización a la consulta de datos por la Comunidad de Madrid.
Si la solicitud se presenta de manera presencial, es necesario solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que les interese.
Asimismo, en la solicitud deben indicar un número de teléfono móvil y una dirección de correo electrónico al que se le enviará un código con el que podrán acceder a consultar el estado de su solicitud cuando se publiquen las listas provisionales de solicitudes admitidas y excluidas así como la resolución definitiva. De lo contrario, no podrán acceder a consultar el estado de su solicitud y sus causas de exclusión y/o puntuación. Todo ello en cumplimiento de la normativa vigente en materia de protección de datos.
También hay que tener en cuenta que, en el caso de que se oponga expresamente a la consulta de datos por parte de la Comunidad de Madrid, se deberá marcar la opción y expresar los motivos de la oposición, así como aportarse la documentación exigida en la normas que regulan esta convocatoria.
Por último, señalar que si no se autoriza expresamente el cruce de datos de renta, se deberá adjuntar un certificado de IRPF del ejercicio 2022 expedido por la AEAT con fecha POSTERIOR a 1 de marzo de 2024. No es válido el MODELO 100 que se imprime cuando se presenta o confirma la declaración de la renta.
Histórico de convocatorias
El plazo de presentación de solicitudes será del 29 de marzo hasta el 20 de abril, ambos inclusive.
La cuantía total de la beca será de 1.463 euros a razón de 133 euros por cada uno de los meses comprendidos en el período de septiembre de 2023 a julio de 2024, ambos inclusive.
Como novedad esta convocatoria incluye como requisito para ser beneficiario haber nacido o estar previsto su nacimiento con anterioridad al 1 de enero de 2024.
IMPRESCINDIBLE indicar en la solicitud un número de teléfono móvil y/o una dirección de correo electrónico, ya que les enviaran un código para que puedan acceder a la consulta de sus datos. Con dicho código no podréis acceder a consultar el estado de su solicitud ni comprobar su puntuación.
Asimismo, les facilitamos el link de la página de Becas 0-3 de la Comunidad de Madrid, que se actualizará para el curso 2023-2024.
El día 2 de diciembre se ha publicado la Orden 3718/2022 del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades por la que se resuelve la convocatoria de becas para la escolarización en el primer ciclo de Educación Infantil en centros de titularidad privada para el curso 2022-2023.
Puede acceder a la información sobre el resultado de su solicitud con su código a través del siguiente enlace.
Si no está de acuerdo con el resultado, puede presentar recurso potestativo de reposición, dirigido al Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la publicación de la resolución de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en la página web institucional de la Comunidad de Madrid.
El plazo de presentación de recursos comprende desde el 3 de diciembre de 2022 hasta el 2 de enero de 2023, ambos inclusive. El recurso de reposición se puede presentar de forma telemática, a través del siguiente enlace (podrá adjuntar documentación tras pulsar el botón registrar recurso).
Asimismo, podrá aportar cualquier documento que considere a través de la consulta de situación de expedientes, en el siguiente enlace.
También podrá presentarse físicamente, conforme al modelo propuesto por Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, en cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registros de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades Autónomas, de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid, y en oficinas de Correos y en Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España, de conformidad con lo establecido en el apartado 4 del artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, previa cita.
Para descargar el modelo de recurso para su presentación presencial, una vez se haya accedido al enlace arriba especificado, deberá pulsar TRAMITAR y en el espacio de tramitación pulsar DESCARGAR en “Recurso (para presentación presencial)”.
IMPORTANTE: No se tendrá en cuenta los documentos que se aporten junto con el recurso de reposición que hubieran podido ser presentados en la fase de subsanación de las solicitudes.
Ya se han publicado los listados de presentados y excluidos de la convocatoria de becas de Educación Infantil para la escolarización en centros de titularidad privada en el primer ciclo de Educación Infantil, curso 2022/2023.
El plazo de subsanaciones es del 19 al 30 de septiembre de 2022, ambos inclusive.
Hoy se ha publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid el extracto de la Orden 1532/2022 de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía y de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de becas para la escolarización en el primer ciclo de Educación Infantil en centros de titularidad privada para el curso 2022-2023.
Desde el 14 de junio hasta el 11 de julio, ambos inclusive, se puede solicitar la beca de la CAM para el curso 2022-23; Como principal novedad de esta convocatoria, con carácter general, la cuantía total de la beca será de 1.463 euros a razón de 133 euros por cada uno de los meses comprendidos en el período de septiembre de 2022 a julio de 2023, ambos inclusive.
MUY IMPORTANTE: Es IMPRESCINDIBLE que la solicitud esté firmada por todos los miembros de la unidad familiar mayores de edad que figuren en ella y debe ir acompañada obligatoriamente de copia del libro de familia o certificado de inscripción del nacimiento en el Registro Civil.
Si la solicitud se presenta telemáticamente, en el caso de que no pueda ser firmada digitalmente más que por uno, se deberá adjuntar documento firmado por el resto de miembros mayores de edad consignados en la solicituddonde autoricen a la presentación de la solicitud en su nombre y, en su caso, su oposición /autorización a la consulta de datos por la Comunidad de Madrid.
Hay que prestar especial atención a marcar correctamente las casillas donde se autoriza o se oponen a la consulta de datos. En el caso de que se oponga, se deberá marcar la opción y expresar los motivos de la oposición, así como aportarse la documentación exigida en las bases reguladoras y en la orden de convocatoria. Así, si no se autoriza expresamente la consulta de información de renta de la Agencia Estatal de Administración Tributaria 2020, se deberá adjuntar un Certificado de renta del ejercicio 2020 expedido por la AEAT con fecha POSTERIOR a 1 de febrero de 2022. No es válido el MODELO 100 que se imprime cuando se presenta o confirma la declaración de la renta.
También destacar que en la solicitud deben indicar un número de teléfono móvil y una dirección de correo electrónico al que le enviaremos un código con el que podrá acceder a consultar el estado de su solicitud cuando se publiquen las listas provisionales de solicitudes admitidas y excluidas, así como a la resolución definitiva. De lo contrario, no podrán acceder a consultar el estado de su solicitud y sus causas de exclusión y/o puntuación. Todo ello en cumplimiento de la normativa vigente en materia de protección de datos.
Ya se ha publicado la resolución definitiva de las becas de la Comunidad de Madrid. Podrán presentar recurso de reposición desde el día 28 de octubre hasta el 29 de noviembre, ambos inclusive.
El 14 de mayo ha salido publicada la convocatoria de las becas para la escolarización en el primer ciclo de Educación Infantil de titularidad privada para el curso 2021-22.
- El plazo de presentación es del 17 de mayo al 11 de junio, ambos inclusive.
- Requisitos: Haber nacido o estar previsto su nacimiento con anterioridad al 01 de noviembre del 2021 y estar matriculado para el curso 2021-22 en el primer ciclo de Educación Infantil.
- En el caso de los alumnos/as para los que se solicite la beca tengan prevista una fecha de nacimiento posterior a la presentación de la solicitud, deberán además, aportar un certificado médico acreditativo de la fecha probable de parto. Una vez producido el nacimiento, deberá aportarse en un plazo de 10 días, el libro de familia o documento oficial acreditativo.
- La solicitud debe estar firmada por todos los miembros mayores de edad de la unidad familiar.
- La presentación pueden realizarla de manera telemática o presencial; si la realizan de manera presencial es necesario solicitar cita previa en el Registro.
Desde el 23 de septiembre se pueden solicitar las becas escuelas infantiles privadas que concede el Ayuntamiento de Madrid a las familias que tengan a sus hijos matriculados en una escuela infantil privada, tras solicitar y no conseguir plaza en una escuela pública municipal.
- El plazo de presentación es del 23 de septiembre al 13 de octubre, ambos inclusive.
- Este curso el límite de renta se amplía hasta los 24.000€.
La beca se abonará en dos pagos (febrero y junio).
Las solicitudes se podrán presentar a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid o de manera presencial en las oficinas de registro del Ayuntamiento.
Telefónicamente se puede llamar al 010 o escribir a becasinfantilayuntamiento@madrid.es
Este año por primera vez, el Ayuntamiento llamará a todas las familias que puedan optar a la ayuda para informarlas y explicar cómo acceder a ellas.
El día 2 de diciembre se ha publicado la Orden 3718/2022 del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades por la que se resuelve la convocatoria de becas para la escolarización en el primer ciclo de Educación Infantil en centros de titularidad privada para el curso 2022-2023.
Puede acceder a la información sobre el resultado de su solicitud con su código a través del siguiente enlace:
Si no está de acuerdo con el resultado, puede presentar recurso potestativo de reposición, dirigido al Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la publicación de la resolución de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en la página web institucional de la Comunidad de Madrid.
El plazo de presentación de recursos comprende desde el 3 de diciembre de 2022 hasta el 2 de enero de 2023, ambos inclusive. El recurso de reposición se puede presentar de forma telemática, a través del siguiente enlace (podrá adjuntar documentación tras pulsar el botón registrar recurso):
Asimismo, podrá aportar cualquier documento que considere a través de la consulta de situación de expedientes, en el siguiente enlace:
También podrá presentarse físicamente, conforme al modelo propuesto por Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, en cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registros de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades Autónomas, de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid, y en oficinas de Correos y en Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España, de conformidad con lo establecido en el apartado 4 del artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, previa cita.
Para descargar el modelo de recurso para su presentación presencial, una vez se haya accedido al enlace arriba especificado, deberá pulsar TRAMITAR y en el espacio de tramitación pulsar DESCARGAR en “Recurso (para presentación presencial)”.
IMPORTANTE: No se tendrá en cuenta los documentos que se aporten junto con el recurso de reposición que hubieran podido ser presentados en la fase de subsanación de las solicitudes.
Listas de presentados y excluidos becas 0-3
Ya se han publicado los listados de presentados y excluidos de la convocatoria de becas de Educación Infantil para la escolarización en centros de titularidad privada en el primer ciclo de Educación Infantil, curso 2022/2023.
El plazo de subsanaciones es del 19 al 30 de septiembre de 2022, ambos inclusive.
Más abajo les facilitamos el enlace donde pueden ampliar la información.
Becas Comunidad de Madrid 2021-2022
Hoy se ha publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid el extracto de la Orden 1532/2022 de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía y de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de becas para la escolarización en el primer ciclo de Educación Infantil en centros de titularidad privada para el curso 2022-2023.
Desde el 14 de junio hasta el 11 de julio, ambos inclusive, se puede solicitar la beca de la CAM para el curso 2022-23; Como principal novedad de esta convocatoria, con carácter general, la cuantía total de la beca será de 1.463 euros a razón de 133 euros por cada uno de los meses comprendidos en el período de septiembre de 2022 a julio de 2023, ambos inclusive.
MUY IMPORTANTE: Es IMPRESCINDIBLE que la solicitud esté firmada por todos los miembros de la unidad familiar mayores de edad que figuren en ella y debe ir acompañada obligatoriamente de copia del libro de familia o certificado de inscripción del nacimiento en el Registro Civil.
Si la solicitud se presenta telemáticamente, en el caso de que no pueda ser firmada digitalmente más que por uno, se deberá adjuntar documento firmado por el resto de miembros mayores de edad consignados en la solicituddonde autoricen a la presentación de la solicitud en su nombre y, en su caso, su oposición /autorización a la consulta de datos por la Comunidad de Madrid.
Hay que prestar especial atención a marcar correctamente las casillas donde se autoriza o se oponen a la consulta de datos. En el caso de que se oponga, se deberá marcar la opción y expresar los motivos de la oposición, así como aportarse la documentación exigida en las bases reguladoras y en la orden de convocatoria. Así, si no se autoriza expresamente la consulta de información de renta de la Agencia Estatal de Administración Tributaria 2020, se deberá adjuntar un Certificado de renta del ejercicio 2020 expedido por la AEAT con fecha POSTERIOR a 1 de febrero de 2022. No es válido el MODELO 100 que se imprime cuando se presenta o confirma la declaración de la renta.
También destacar que en la solicitud deben indicar un número de teléfono móvil y una dirección de correo electrónico al que le enviaremos un código con el que podrá acceder a consultar el estado de su solicitud cuando se publiquen las listas provisionales de solicitudes admitidas y excluidas, así como a la resolución definitiva. De lo contrario, no podrán acceder a consultar el estado de su solicitud y sus causas de exclusión y/o puntuación. Todo ello en cumplimiento de la normativa vigente en materia de protección de datos.
Adjuntamos Orden conjunta 1532/2022 de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía y de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de becas para la escolarización en el primer ciclo de Educación Infantil en centros de titularidad privada para el curso 2022-2023 y EXTRACTO de la Orden conjunta 1532/2022, de 4 de junio.
Asimismo, les facilitamos el link de la página de Becas 0-3 de la Comunidad de Madrid, que se actualizará para el curso 2022-2023.
Protocolo COVID-19
Garantizar el funcionamiento seguro de la escuela mientras existe un riesgo de expansión del COVID-19 puede alterar muchas de las rutinas diarias, desde los horarios, pasando por las metodologías, etc. Es fundamental planificar cuidadosamente la implementación y comunicación de las medidas de seguridad e higiene. Las medidas de seguridad son necesarias, por eso es importante hacer partícipe a todos los afectados por ellas.
Becas Comunidad de Madrid 2021-2022
El 14 de mayo ha salido publicada la convocatoria de las becas para la escolarización en el primer ciclo de Educación Infantil de titularidad privada para el curso 2021-22.
- El plazo de presentación es del 17 de mayo al 11 de junio, ambos inclusive.
- Requisitos: Haber nacido o estar previsto su nacimiento con anterioridad al 01 de noviembre del 2021 y estar matriculado para el curso 2021-22 en el primer ciclo de Educación Infantil.
- En el caso de los alumnos/as para los que se solicite la beca tengan prevista una fecha de nacimiento posterior a la presentación de la solicitud, deberán además, aportar un certificado médico acreditativo de la fecha probable de parto. Una vez producido el nacimiento, deberá aportarse en un plazo de 10 días, el libro de familia o documento oficial acreditativo.
- La solicitud debe estar firmada por todos los miembros mayores de edad de la unidad familiar.
- La presentación pueden realizarla de manera telemática o presencial; si la realizan de manera presencial es necesario solicitar cita previa en el Registro.
A continuación les adjuntamos dicha orden de becas infantiles, así como un extracto de la misma del BOCM y respuestas a la preguntas más frecuentes que les puedan surgir. Los enlaces directos estarán operativos a partir del lunes día 17.
Resolución de las becas curso 2021-22
Ya se ha publicado la resolución definitiva de las becas de la Comunidad de Madrid. Podrán presentar recurso de reposición desde el día 28 de octubre hasta el 29 de noviembre, ambos inclusive.
Lista de beneficiarios y excluidos:
Becas Ayuntamiento de Madrid 2021-2022
Desde el 23 de septiembre se pueden solicitar las becas escuelas infantiles privadas que concede el Ayuntamiento de Madrid a las familias que tengan a sus hijos matriculados en una escuela infantil privada, tras solicitar y no conseguir plaza en una escuela pública municipal.
- El plazo de presentación es del 23 de septiembre al 13 de octubre, ambos inclusive.
- Este curso el límite de renta se amplía hasta los 24.000€.
La beca se abonará en dos pagos (febrero y junio).
Las solicitudes se podrán presentar a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid o de manera presencial en las oficinas de registro del Ayuntamiento.
Telefónicamente se puede llamar al 010 o escribir a becasinfantilayuntamiento@madrid.es
Este año por primera vez, el Ayuntamiento llamará a todas las familias que puedan optar a la ayuda para informarlas y explicar cómo acceder a ellas.
A continuación encontrarán los enlaces a los documentos necesarios para su solicitud, el enlace para su tramitación online y respuestas a la preguntas más frecuentes que les puedan surgir.
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